Pago de gastos ordinarios de la comunidad en el supuesto de divorcio

El Tribunal Supremo en relación a la obligación de pago de los gastos ordinarios de la comunidad de propietarios sostiene que es el propietario de la vivienda familiar el obligado al pago, si bien el ex cónyuge debe afrontar el pago de los suministros, sin perjuicio de lo que lo que pueda acordar el juzgado de familia.