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La Audiencia Provincial revoca la custodia compartida a un padre basándose en su extensa jornada laboral como camarero, aunque reconoce que este tipo de trabajos no son un impedimento para el régimen de custodia compartida siempre y cuando no se incumplan los deberes parentales.​


En primera instancia, el Juzgado concedió la custodia compartida de los hijos menores. La madre interpuso recurso ante la Audiencia Provincial de Badajoz por entender que el padre no puede compatibilizar su trabajo con el cuidado diario de los hijos debido a su profesión de camarero.

La Audiencia Provincial señala que la custodia compartida de los hijos menores es el régimen deseable pero que no siempre se puede reconocer y que la elección debe de ser la más favorable para el menor, atendiendo a su interés superior.

En este sentido, la Audiencia Provincial considera que la profesión de camarero del padre le hace difícil cumplimentar sus deberes parentales diarios debido a su extensa jornada laboral, como demuestra el hecho de que en alguna ocasión los hijos no han ido al colegio porque el padre se ha quedado dormido.

La Audiencia Provincial reconoce que la custodia compartida no está prevista sólo para progenitores desocupados o empleados con horarios flexibles y que en la sociedad actual la ayuda familiar y externa está a la orden del día, siempre y cuando estemos hablando de complementar, no de sustituir al progenitor.

En este caso, la Audiencia Provincial se decanta por retirar la custodia compartida por entender que en el caso concreto no es el mejor régimen de custodia, pero deja la puerta abierta para que si en un futuro se produce un cambio de circunstancias, podrá replantarse, en su caso, otra decisión. En consecuencia, otorga la custodia monoparental a favor de la madre.​

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